Información del país
Datos básicos sobre las aguas marinas
- Mar territorial (12 mn): 928.660 km2
- Zona económica exclusiva: N/A
Documentos estratégicos relacionados con la PEM
Documentos técnicos relacionados con la PEM
- Identification of Synergies and Conflicts in Coastal and marine uses in Colombian Pacific: a Spatial Multi-Criteria Analysis.
- Planificación espacial marina: conceptos, principios yguía metodológica. Marviva
- Plan de Acción del Subsistema de Áreas marinas protegidas SAMP • 2016-2023
- Unidad ambiental costera de la llanura aluvial del sur: Caracterización, diagnóstico integrado y zonificación ambiental
- Plan de manejo integrado de la zona costera del complejo de las bocanas Guapi Iscuandé, Pacífico colombiano – Fase II
- Conflictos de uso en el proceso de ordenamiento marino costero: Visión de autoridad marítima en el departamento de Bolívar, Colombia
- Infraestructura de Datos Espaciales – DIMAR
Proyectos de PEM relevantes
- Visión de Autoridad Marítima (OMC:VAM), jurisdicción Capitanía de Puerto de Cartagena y Capitanía de Puertode Coveñas
- Visión de Autoridad Marítima (OMC:VAM), jurisdicción Capitanía de Puerto de Buenaventura y Capitanía de Puerto de Tumaco
- Plan de manejo del Parque Nacional Naturallos Corales del Rosario y de San Bernardo (2020 – 2025)
- Proyecto piloto de Planificación Espacial Marina en la Bahía de Cartagena – DIMAR
- Proyecto piloto de Planificación Espacial Marina en la Bahía de Buenaventura – DIMAR
- Plan de manejo integrado de la zona costera del complejo de las bocanas Guapi Iscuandé, Pacífico colombiano – Fase II
- Plan de Acción del Subsistema de Áreas marinasprotegidas SAMP • 2016-2023
- MSPglobal – Piloto transfronterizo en el Pacífico Sudeste (2018-2021)
- Red de información y Datos del Pacifico Sur en apoyo a la Gestión Integrada de Áreas Costeras (Proyecto SPINCAM) (2009-2020)
Visión general de los usos marítimos relacionados con la PEM
Usos principales actuales:
Transporte marítimo | Petróleo y gas |
Puertos | Conservación de la naturaleza |
Pesquerías | Acuacultura |
Cables y tuberías | Investigación científica |
Militar y de defensa nacional | Turismo y ocio |
Patrimonio cultural subacuático | Protección costera (ineniería) |
Explotación minera |
Otros: áreas de fondeo, zonas de recambio, zonas y rutas de pesca, comunidades, señalización marítima (Boyas y Faros), áreas de buceo.
¿Qué planes espaciales marinos existen?
Nombre del plan (año) |
CONPES 3990, COLOMBIA POTENCIA BIOCEANICASOSTENIBLE 2030, Objetivo 4 |
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Escala del plan |
Nacional |
Pre-planificación |
Estado: Completo |
Evaluaciones en el marco de la planificación |
Estado: Completo |
Elaboración del plan |
Estado: Completo |
Finalización del plan |
Estado: Completo |
Aprobación del plan |
Estado: Completo |
Implementación del plan |
Estado: En proceso de implementación |
Revisión del plan |
Estado: N/A |
Nombre del plan (año) |
Ordenamiento Marino Costero, Capitanía de Puerto de Cartagena |
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Escala del plan |
Local |
Pre-planificación |
Estado: Completo |
Evaluaciones en el marco de la planificación |
Estado: Completo |
Elaboración del plan |
Estado: En proceso de implementación |
Finalización del plan |
Estado: N/A |
Aprobación del plan |
Estado: N/A |
Implementación del plan |
Estado: N/A |
Revisión del plan |
Estado: N/A |
Nombre del plan (año) |
Ordenamiento Marino Costero, Capitanía de Puerto de Buenaventura |
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Escala del plan |
Local |
Pre-planificación |
Estado: Completo |
Evaluaciones en el marco de la planificación |
Estado: En proceso de implementación |
Elaboración del plan |
Estado: N/A |
Finalización del plan |
Estado: N/A |
Aprobación del plan |
Estado: N/A |
Implementación del plan |
Estado: N/A |
Revisión del plan |
Estado: N/A |
Nombre del plan (año) |
Ordenamiento Marino Costero, Capitanía de Puerto de Tumaco |
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Escala del plan |
Local |
Pre-planificación |
Estado: Completo |
Evaluaciones en el marco de la planificación |
Estado: En proceso de implementación |
Elaboración del plan |
Estado: N/A |
Finalización del plan |
Estado: N/A |
Aprobación del plan |
Estado: N/A |
Implementación del plan |
Estado: N/A |
Revisión del plan |
Estado: N/A |
Autoridad nacional competente para la PEM |
Comisión Colombiana del Océano, CCO |
Financiamiento gubernamental |
Con cargo al presupuesto de cada entidad que hace parte de la CCO |
Financiación externa |
No |
Financiación público-privada |
No |
Superficie del área de planificación |
Aproximadamente 928 660 km² corresponde a la superficie marítima de Colombia (Caribe y Pacífico colombiano) |
Tiempo requerido para finalizar el documento de planificación |
2030 de acuerdo con lo establecido en el CONPES 3990 |
Principales cuestiones que llevaron a la adopción de la PEM(impulsores) |
COI-UNESCO a nivel internacional y CCO a nivel nacional con todas la entidades que hacen parte de esta comisión |
Actividades de participación de las partes interesadas |
Talleres y webinars de divulgación convocados por las diferentes entidades nacional que tienen competenciaen ordenamiento marítimo, y a nivel internacional los convocados por MSPGLOBAL |
Sectores incluidos en la planificación |
Ambiente, Portuario, Pesca, Turismo, Comunicaciones, Patrimonio. Investigación, Energías, Minería e Hidrocarburos, Seguridad y Defensa, Acuicultura, Entes territoriales |
Articulación entre la PEM y la gestión integrada de la zona costera |
El Ordenamiento Marino Costero articula la PEM y la gestión integrada de la zona costera debido a que tiene en cuenta las actividades marítimas y sobre la costa y espacios marítimos, este proceso brinda los insumos para la toma de decisiones promoviendo el uso sostenible del espacio marítimo, mediante interrelaciones entre actividades socioeconómicas y acuerdos de gobernanza que aseguren la integridad del hábitat y garanticen los servicios ecosistémicos de los que dependen los humanos.
Existe interacción mutua por la relación directa de los dos ambientes (PEM/GIZC), la cual se encuentra igualmente planteada en la metodología a desarrollar para la realización de los planes Así mismo, existen trabajos relacionados con la GIZC, por parte de diferentes instituciones, dentro de las cuales se pueden mencionar DIMAR, MinAmbiente y entes territoriales |
Articulación entre la PEM y la gestión de áreas marinas protegidas |
Se articula debido a que dentro del proceso metodológico del Ordenamiento Marino Costero se tienen en cuenta las áreas marinas protegidas establecidas en el país, considerándolas de alta importancia y valor, lo que apoya sus objetivos de conservación.
Actualmente las relaciones entre las actividades marítimas y las áreas marinas protegidas se coordinan y están enmarcadas dentro de la normatividad vigente para el uso de esas áreas Igualmente, la metodología que se plantea incluye la relación directa con Parques Nacionales Naturales del MinAmbiente |
Articulación entre la PEM y la economía azul sostenible |
El Ordenamiento Marino Costero es una herramienta que ayuda a determinar las compatibilidades entre usos/actividades que se desarrollan en las zonas marinas colombianas, a largo plazo busca que lasactividades con mayor tendencia de crecimiento se lleven a cabo simultáneamente, considerando variables de eficiencia y eficacia, buscando reducir al mínimo los conflictos y las afectaciones al medio ambiente. |
Proceso de aprobación del plan |
Mesas de trabajo a nivel interinstitucional en el marco de la Comisión Colombiana del Océano |
Condición jurídica del plan (guía o legalmente vinculante) |
No definido, solo se cuenta con lo establecido en el CONPES 3990 |
Proceso de revisión del plan |
Pendiente definir esta fase |
Monitoreo y evaluación del desempeño |
Pendiente definir esta fase |
Marco jurídico
Constitución Política de Colombia:
- Artículo 80: El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas
Decreto Ley n° 2324 de 1984, «Por el cual se reorganiza la Dirección General Marítima«:
- Artículo 2°. Jurisdicción. La Dirección General Marítima y Portuaria ejerce su jurisdicción hasta el límite exterior de la zona económica exclusiva, en las siguientes áreas: aguas interiores marítimas, incluyendo canales intercostales y de tráfico marítimo; y todos aquellos sistemas marinos y fluviomarinos; mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva, lecho y subsuelo marinos, aguas supradyacentes, litorales, incluyendo playas y terrenos de bajamar, puertos del país situados en su jurisdicción, islas, islotes y cayos y sobre los ríos que a continuación se relacionan, en las áreas indicadas (…)
- Artículo 3°. Actividades marítimas. Para los efectos del presente Decreto se consideran actividades marítimas las relacionadas con: (…)
- 18. La administración y desarrollo de la zona costera
- Artículo 5°. Funciones y atribuciones. La Dirección General Marítima tiene las siguientes funciones: (…)
- 21. Autorizar y controlar las concesiones y permisos en las aguas, terrenos de bajamar, playas y demás bienes de uso público de las áreas de su jurisdicción
- 22. Regular, autorizar y controlar la construcción y el uso de las islas y estructuras artificiales en las áreas de su jurisdicción (…)
- 26. Autorizar y controlar los trabajos de dragado, relleno y demás obras de ingeniería oceánica en los terrenos de bajamar, playas y demás bienes de uso público de las áreas de su jurisdicción
- 27. Adelantar y fallar las investigaciones por violación a las normas de Marina Mercante, por siniestros marítimos, por violación a las normas de reserva de carga, por contaminación del medio marino y fluvial de su jurisdicción, por construcciones indebidas o no autorizadas en los bienes de uso público y terrenos sometidos a la jurisdicción de la Dirección General Marítima, e imponer las sanciones correspondientes (…)
Resolución n° 0825 of 1994, «Por la cual se fijan los límites de jurisdicción de las Capitanías de Puerto«
“Política Nacional Ambiental para el Desarrollo Sostenible de los Espacios Oceánicos y las Zonas Costeras e Insulares de Colombia – PNAOCI”, la cual tiene un enfoque ecosistémico y como marco conceptual, el manejo integrado de zonas costeras (MIZC). Con respecto a esta Política, en el 2002 el DNP emitió CONPES 3164. Con este marco de Política, se definieron los criterios para orientar la definición de la zona costera en el país y se delimitaron unidades espaciales (Unidades Ambientales Costeras – UACs), como áreas geográficas continuas, que involucran espacio de tierra y mar, con ecosistemas claramente definidos, que requieren una visualización y manejo unificado que aglutine a las entidades territoriales locales y subregionales. En el contexto legal, a partir de la Ley 1450 de 2011, se propició la generación del respaldo normativo respecto a las UAC y los Planes de ordenación y manejo integrado de las unidades ambientales costeras (POMIUAC), como instrumento de planificación (Decreto 1120 de 2013, compilado en el Decreto 1076 de 2015); igualmente sobre la base de casos prácticos, se construyó un marco metodológico plasmado en una guía técnica para elaboración de los POMIUAC, adoptada mediante la Resolución 768 de 2017.
“Política Nacional del Océano y los Espacios Costeros – PNOEC”, formulada inicialmente en el 2007 y actualizada para el periodo 2016-2030 y que integra elementos desde la parte ambiental de la PNAOCI.
CONPES 3990, «Colombia Potencia Bioceánica Sostenible 2030″:
- 4.3.4. Ordenamiento y gestión de los espacios marinos, costeros e insulares – Línea de acción 4.1. Generar instrumentos para la gestión del ordenamiento marítimo y territorial:
Con el objetivo de contar con herramientas de ordenamiento territorial pertinentes para los espacios costeros, marinos e insulares que permita el aprovechamiento de sus recursos naturales, la gestión de las actividades en la zona costera y marítima y los beneficios de conexión con otros países, se realizarán las siguientes acciones. Por un lado, el DNP, como secretaría técnica de la Comisión de Ordenamiento Territorial (COT) y entidades de la COT, en coordinación con Dimar y otras entidades que conformen la CCO, realizará recomendaciones sobre el ordenamiento en los espacios costeros, marinos e insulares para ser incluidas en la Política General de Ordenamiento Territorial (PGOT). Esta acción se llevará a cabo entre el 2020 y diciembre de 2022. Por otro lado, la Dimar, en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, formulará los documentos de orientación para la planificación espacial marino costera en la jurisdicción de cada una de sus 13 capitanías de puerto. Esta acción se llevará a cabo a partir del 2020 hasta diciembre de 2030.
En paralelo, la DIMAR y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, como cabeza del sector de ordenamiento territorial y en coordinación con otras entidades participantes en la COT, evaluarán el alcance y definirán la articulación de estos documentos con los demás instrumentos de planeación y ordenamiento, así como su formalización mediante la actualización de la normatividad vigente que se estime pertinente (…)
Contacto
Dirección General Marítima
CC Jonathan Gómez – Subdirector General Marítimo